IV Semana Argentina de la Salud y Seguridad en el Trabajo( 27y 28/4 )

Por sexto año consecutivo la Superintendencia de Riesgos del Trabajo organiza la Semana Argentina de la Salud y Seguridad en el Trabajo. El programa recrea un espacio para el desarrollo del diálogo social en prevención de los riegos laborales, convocando a cuatro eventos simultáneos que se realizarán en las ciudades de Buenos Aires, Córdoba, Mendoza y Rosario, los días 27 y 28 de abril.
“La Salud y Seguridad en el Trabajo en tiempos de crisis "

Inscripción y mayor información en http://www.srt.gov.ar/

miércoles, 15 de abril de 2009

RESEÑA DE ALGUNAS NORMAS LABORALES DICTADAS DURANTE EL MES DE ABRIL DE 2009

Resolución 314/2009. Ministerio de Salud (BO del 01/04/2009).
Readecuación del arancel vigente del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a Favor de las Personas con Discapacidad. Modifícase la Resolución N° 1074/08.

• Decreto 222/2009. Ministerio De Trabajo, Empleo Y Seguridad Social (BO del 01/04/2009)
Dase por prorrogada la designación de la Coordinadora de Programas y Proyectos Especiales de la Dirección General de Estudios y Estadísticas Laborales de la Subsecretaría de Programación Técnica y Estudios Laborales.

• Ley 26.480 (BO del 06/04/2009)
Incorpórase como inciso d) del artículo 39 de la Ley Nº 24.901 el siguiente: d) Asistencia domiciliaria: Por indicación exclusiva del equipo interdisciplinario perteneciente o contratado por las entidades obligadas, las personas con discapacidad recibirán los apoyos brindados por un asistente domiciliario a fin de favorecer su vida autónoma, evitar su institucionalización o acortar los tiempos de internación. El mencionado equipo interdisciplinario evaluará los apoyos necesarios, incluyendo intensidad y duración de los mismos así como su supervisión, evaluación periódica, su reformulación, continuidad o finalización de la asistencia. El asistente domiciliario deberá contar con la capacitación específica avalada por la certificación correspondiente expedida por la autoridad competente.

• Resolución general 2582. Administración Federal de Ingresos Públicos (BO del 06/04/2009)
Sustitúyese el Artículo 18 de la Resolución General Nº 2549, por el siguiente: "ARTICULO 18.- Las disposiciones de esta resolución general serán de aplicación respecto de los pagos que se realicen a partir del día 1 de junio de 2009, inclusive, aun cuando correspondan a operaciones realizadas con anterioridad a esa fecha''.

• Resolución general 2585. Administración Federal de Ingresos Públicos (BO del 07/04/2009)
De acuerdo con lo previsto en el Artículo 3º de la Ley Nº 26.417 y en los Artículos 6º y 7º de la Resolución Nº 6/09 de la Secretaría de Seguridad Social, los nuevos valores de las rentas de referencia que se establecen en el Artículo 8º de la Ley Nº 24.241 y sus modificaciones, para el cálculo de los aportes previsionales de los trabajadores autónomos, son las que seguidamente se indican:

CATEGORIA RENTAS DE REFERENCIA
I...... 446,76
II.... 625,46
III... 893,52
IV... 1.429,63
V.... 1.965,74

Los nuevos importes de los aportes previsionales de los trabajadores autónomos regirán a partir de la obligación de pago mensual correspondiente al período devengado marzo de 2009 —con vencimiento en el mes de abril de 2009— y siguientes.
Modifícase la Resolución General Nº 2217 y sus complementarias
Los límites mínimo y máximo de la base imponible para el cálculo de los aportes y contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino se fijan a partir del mes devengado marzo de 2009 en las sumas de DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS CON SEIS CENTAVOS ($ 268,06) y OCHO MIL SETECIENTOS ONCE PESOS CON OCHENTA Y DOS CENTAVOS ($ 8.711,82), respectivamente.

.• Resolución 275/2009. Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (BO del 07/04/2009)
Suspéndase por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días corridos, contados desde el 3 de febrero de 2009, el "Régimen de Pago Voluntario para Infracciones a la Normativa de la Seguridad Social", aprobado por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 1539 de fecha 9 de diciembre de 2008

• Resolución 241/2009. Secretaría de Empleo (BO del 08/04/2009)
Los trabajadores desocupados incluidos en el SEGURO DE CAPACITACION Y EMPLEO que en el transcurso de su participación en acciones de ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO en el sector público y Los trabajadores desocupados incluidos en el SEGURO DE CAPACITACION Y EMPLEO que en el transcurso de su participación en el PROGRAMA DE INSERCION LABORAL en el Sector Público cumplan VEINTICUATRO (24) meses en el SEGURO DE CAPACITACION Y EMPLEO, continuarán percibiendo hasta el término de dicha participación, hasta un máximo de DOCE (12) meses, la prestación monetaria y, si correspondiere, el suplemento correspondiente a la Resolución MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

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